NACIONALES

En cumplimiento del decreto presidencial

El Senado aplicó el cupo laboral trans y deberá incorporar el 1% en su planta de personas de las diversidades sexuales

La decisión fue tomada por la presidenta del cuerpo legislativo nacional, Cristina Fernández. De esta manera, la Cámara Alta del Congreso es la primera en aplicar este cupo en la administración pública

El Senado aplicó el cupo laboral trans y deberá incorporar el 1% en su planta de personas de las diversidades sexuales

El pasado 4 de septiembre, el presidente Alberto Fernández firmaba el Decreto 721/2020 en el cual se establecía que al menos el 1% del total de los cargos del Sector Público Nacional deberán estar ocupados por personas trans y, en cumplimiento de esta disposición, el Senado aplicó el cupo laboral trans.

La decisión fue tomada ayer por la presidenta del cuerpo legislativo nacional, Cristina Fernández, y con ello, la Cámara Alta del Congreso será la primera en aplicar la disposición en la administración pública.

Recordemos, que el decreto presidencial estableció que “los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al UNO POR CIENTO (1%) de la totalidad de los mismos por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo. Dicho porcentaje deberá ser asignado a las mencionadas personas en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes”.

Por ello, Cristina Fernández, estableció que “en el H. Senado de la Nación, la nómina de personal deberá ser ocupada en una proporción no inferior al UNO POR CIENTO (1%) de la totalidad de la misma por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo. Dicho porcentaje deberá ser asignado a las mencionadas personas en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.

A los fines de garantizar el cumplimiento del cupo previsto en el párrafo anterior, se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero.

Deben, asimismo, reservarse las vacantes que se produzcan en los cargos correspondientes a los y las agentes que hayan ingresado bajo el régimen del presente decreto para ser ocupadas en su totalidad por personas travestis, transexuales y transgénero”.

Cabe mencionar que, el decreto presidencial se basó en la ley N°26.743. de Identidad de género, ley sancionada en mayo de 2012 durante la presidencia de Cristina Fernández.



Amiga y amigo lector: para seguir informando sin condicionamientos requerimos tu colaboración

Tu aporte mensual se registra con Tarjeta de Débito o Crédito por Mercado Pago con los datos protegidos.