JUJUY

Cronograma electoral

El miércoles se presentan las listas de candidatos y deben cumplir con la Ley de Paridad de Género

El Tribunal Electoral Permanente avanza el proceso electoral en la provincia para las elecciones del 27 de junio, y una de las particularidades es el cumplimiento de la distribución igualitaria del 50% entre hombres y mujeres.

El miércoles se presentan las listas de candidatos y deben cumplir con la Ley de Paridad de Género

 

Avanza el cronograma electoral en medio de la pandemia sanitaria y política en la provincia, ya están habilitados 41 partidos políticos con personería jurídica definitiva, y será el miércoles el día D para conocer los nombres de las listas de los candidatos para las elecciones del 27 J y que deben cumplir con la ley de Paridad de Género.

En las elecciones legislativas se renuevan 170 cargos electivos, 24 en la cámara Legislativa de la provincia, 80 concejales municipales y 66 vocales de comisiones municipales.

Los partidos que integran los 9 frentes electorales  y otros participan independiente son: Arriba Jujuy, Cambio Jujeño, Compromiso Federal , Cruzada Renovadora, Demócrata Cristiano, Encuentro Jujeño , Encuentro Por La Democracia, Es Posible, Gana Jujuy, Gen, Instrumento Electoral Por La Unidad, Ju.Fe Jujuy Federal, Kolina, La Izquierda de Los Trabajadores, «Proyecto Sur», M.I.L.E.S. Movimiento Comunitario Pluricultural, Movimiento Indígena Andino, Movimiento Integración Jujuy, Movimiento Norte Grande, Movimiento Popular Jujeño, Movimiento Socialista de los Trabajadores, Nuestro Tiempo, Partido Blanco de los Trabajadores, Forja, Partido de la Diversidad, Partido del Obrero, Partido Justicialista, Unir, Partido para la Justicia Social, Partido por la Dignidad, Partido por la Soberanía Popular, Partido Renovador Federal, Partido Socialista, Paso, Podemos Jujuy, Primero Jujuy, Pro, Siempre Jujuy, UCR y Lyder. A estos hay que agregarle 42 partidos municipales cuentan con la personería definitiva.

En estás elecciones legislativas, la particularidad es el cumplimiento de la Ley de paridad de género, de manera que las listas de candidatos y candidatas deben cumplir con ese requisito en todo el territorio de la provincia de Jujuy, en todos los cargos electivos de representatividad para la cámara de diputados de la Provincia, como así también para los concejos deliberantes y las comisiones municipales.

La distribución de cargos debe ser igualitaria del 50% para cada género entre la totalidad de las y los candidatos postulados, ubicando mujeres y varones de manera alternada para cargos a cubrir, desde el primer candidato titular y hasta el último candidato suplente. El género del candidato se determinará por su Documento Nacional de Identidad. No podrá ser oficializada ninguna lista que no cumpla con este requisito.



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