POLÍTICA

Apuntaron a que busca intimidar

Pedirán que se declare inconstitucional el Código Contravencional que multa a las protestas

Con más de 100 causas abiertas contra manifestantes, la Multisectorial contra la Reforma presentó el recurso ante el STJ de la provincia. De no obtener respuestas, recurrirán al Corte Suprema

Pedirán que se declare inconstitucional el Código Contravencional que multa a las protestas

 

 

Un Código Contravencional que pasa por encima de a la misma Constitución Nacional y que busca intimidar y desmovilizar a las protestas en Jujuy, incluso habilitar actividades ilegales como realizar tareas de inteligencia estatal policial y espionaje a las organizaciones (sindicales, sociales, originarias, entre otras), situación que derivó en un amparo al Superior Tribunal de Justicia -STJ- para que lo declare inconstitucional.

“Morales quiere hacer ver que se trata de la justicia y no es la justicia, es lo administrativo, el problema de lo administrativo, con una connotación penal, que por ello también es ilegal y que encima, viola todas las garantías que tenemos ciudadanos y ciudadanas ante procesos penales”, expuso la abogada Mariana Vargas luego del anuncio en conferencia de prensa de la Multisectorial contra la Reforma de recurrir al máximo órgano de justicia de la provincia con la apertura de más de 100 actuaciones contravencionales derivadas de las manifestaciones del 20 de junio, tras la jura del nuevo texto de la Carta Magna jujeña.

Sentenciando la situación como un “mamarracho”, la letrada apuntó que estas causas contravencionales y penales sólo pueden entenderse como “actos de intimidación, no tenemos todavía fundamentos de condenas, los único que tenemos son las resoluciones, todavía no estamos habilitados para interponer recursos, lo único que quieren es intimidar, legalidad no hay, estoy convencida que no se va a cobrar un peso, por eso esto que te embargan de forma directa”. Cabe mencionar que este código permite a jueces contravencionales embargar en forma directa mediante la “detracción de haberes” los salarios de ciudadanas y ciudadanos violentando la tutela judicial efectiva y la defensa en juicio.

En relación al pedido de inconstitucionalidad de este Código Contravencional, Vargas indicó que para un mejor futuro de la provincia “sería bueno que se deje de usar, estas cuestiones de algunos articulados que son inconstitucionales y que avasallan a la ciudadanía”.

Sobre este punto, el amparo apunta a que el Código Contravencional de la provincia es inconstitucional por arrogarse la facultad de legislar en materia penal que solo corresponde al Congreso Nacional.

Asimismo, varios de sus artículos atentan contra derechos constitucionales de reunión, libre expresión, petición a las autoridades.

Señalando que la presentación en la justicia local no tiene plazos establecidos para el tratamiento de esta interposición, la abogada destacó “esperemos que resuelva, sino no ganamos acá, iremos a la Corte (Suprema de la Nación), ninguna corte nacional puede habilitar que se viole la Constitución Nacional, es un problema ya de competencia federal” y agregó “tenemos un país, la Argentina donde Jujuy es algo ajeno, nos tenemos que volver a ubicar en lo que es el derecho de nuestro país”.

Por otra parte, cuestionó el valor de legalidad que intenta darle el Ejecutivo a todas estas maniobras a través de la reforma parcial de la Constitución provincial: “no hay ninguna legitimación, Morales en cada una de estas ilegalidades, por ejemplo, el tema este de perseguir tanto la vía penal como por la contravencional, la misma conducta, es de por sí ilegal, lo que hizo para subsanar esto es poner en la ley contravencional con una reforma, que es la ley 6050, decir que la causa penal es independiente de la contravencional”.

En ese sentido, el recurso remarca que varios artículos del Código Contravencional provincial violentan la garantía del NON BIS IN IDEM permitiendo la doble persecución estatal por la misma conducta (persecución penal y contravencional).

“Ninguna de estas cuestiones puede legalizar algo que de por sí es inconstitucional, lo mismo para con la reforma y la ‘nueva Constitución’, porque entiendo que no está vigente, pero incluso en la Constitución provincial y el Código Contravencional que han sido incorporados, eso no legaliza lo que es contrario a la Constitución Nacional”, manifestó Vargas.



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