JUJUY

El proyecto generaría un grave impacto ambiental y sanitario

El intendente de Palpalá pretende construir un crematorio en medio de un barrio

Vecinos del barrio El Remate exigieron a Rubén Rivarola (h) que brinde información respecto a las obras iniciadas frente a la estación experimental del INTA, donde se señala que pretenden construir un crematorio

El intendente de Palpalá pretende construir un crematorio en medio de un barrio

 

Mientras que el gobierno provincial se mofa que Jujuy se está convirtiendo en una provincia “verde” en relación a los temas ambientales, por otra parte, son varios los emprendimientos que avanzan y que no respetan las normativas vigentes y que suponen un grave impacto ambiental y sanitario, tal como ocurriría en Palpalá, donde el municipio inició las obras dar conocimiento a la comunidad afectada.

Fue el miércoles de esta semana, que vecinos y vecinas de barrio El Remate enviaron una nota al intendente Rubén Rivarola (h) para que de cuenta de la obra que se iniciaron en un predio ubicado en el kilómetro 15 de la Ruta provincial Nº1, frente a la estación experimental del INTA de Remates, la cual respondería a la instalación de un horno crematorio por parte de la empresa Futuro SRL.

La preocupación de la comunidad se desprende del alto impacto ambiental y el riesgo sanitario que conlleva si se construye allí dicha obra, ya que se encuentra cercano al lugar donde habitan.

Sobre este punto, el documento enviado al intendente señala que “teniendo en cuenta que estudios de impacto ambiental al respecto, recomiendan que la instalación de estos establecimientos se realice a no menos de 10 kilómetros de distancia de asentamientos humanos, lo cual se estaría incumpliendo totalmente”.

Quien también se refirió sobre esta cuestión, fue la abogada Alicia Chalabe, quién cuestionó la falta de aplicación de las leyes vigentes en relación a la temática.

“Se tienen que aplicar las leyes ambientales: por un lado, está la Ley General de Medio Ambiente, que es la ley provincial 5063 y después hay que aplicar la ley de residuos peligrosos por qué sabemos que el manejo de los cadáveres y la cremación produce desechos de todo tipo”, manifestó en Radio 2.

Sobre la obra en sí, la abogada explicó “un horno crematorio en cualquier municipio tiene que tener la factibilidad ambiental, pero además tiene que cumplir esta serie de normas ambientales que son aplicables en toda la provincia”.

Con obras que no se dan a conocer a la comunidad y con estudios ambientales que corren la misma suerte, Chalabe dijo “vemos con mucha preocupación que los proyectos en general, este en particular con un horno crematorio, que con mayor intensidad se deben aplicar las normas ambientales” no se está cumpliendo con las normativas.

“Hay que hacer una evaluación de impacto ambiental, esa evaluación debe ser aprobada” por el Ministerio Ambiente jujeño.

Ante el completo desconocimiento que tiene la comunidad de barrio El Remate sobre la obra, la abogada fue consultada si es obligatoria la audiencia pública, a lo que Chalabe dijo categóricamente “sí, está dentro de la ley Ambiental de la provincia”.

Y detalló: “me ha pasado cuando he participado en la audiencia que se hizo para la tala de un sector de finca El pongo, que se sometió a audiencia pública hace poco tiempo, que hay un decreto del año pasado que establece se prescinde de la audiencia pública y se establece en este decreto que tiene solamente carácter consultivo no era vinculante”.

A lo que agregó “hay una serie de normas con mayor jerarquía que este decreto que se ha dictado el año pasado que se deben aplicar en un proyecto, tenemos la Constitución nacional, las leyes nacionales, las leyes provinciales, los decretos provinciales y las resoluciones” explicó.

 

Nuevas reglamentaciones en la ejecución de obras

La abogada especialista en temas ambientales expuso que la reforma del Código Civil y Comercial, en particular con el artículo 240, la ejecución de obras pone un límite mas amplio en lo que es el uso regular de la propiedad.

“Antes, el uso regular de la propiedad decía que yo no podía invadir la propiedad de mi vecino, no podía emitir olores fuertes o tóxicos, no podía instalar una industria en el centro” y comparó con lo que debe ocurrir ahora “se establece un uso regular de la propiedad, pero además, todo proyecto que afecte la flora, la fauna, que dañe el paisaje o que produzca efectos en contra del patrimonio inclusive de la cultura, se debe regular que ese uso, es un límite con el uso ambiental de la propiedad”.

Tal es así, que Chalabe sostuvo “este artículo nos permite decirle a un juez si es que este proyecto hay vecinos viviendo cerca, hay un vivero o hay animales, por ejemplo, también tiene que ver con la evaluación del impacto ambiental”.

Por último, además resaltó que hay otra cuestión importante y que tiene que ver con el uso del agua. “Todo lo que produzca un crematorio, que además hay uso de agua, porque se tiene que lavar, se tiene que utilizar el agua, no pueden ir a la napa freática, todo esto es lo que hay que controlar” concluyó.



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