NACIONALES

Fallo opuesto a lo que determinaron 10 días atrás

Marcha atrás de la Corte Suprema, restituyó la Ley de Tierras

La ley establece un límite del 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Dicha normativa era derogada en el DNU 70/23, aunque el articulo había quedado sin efecto por la judicialización, aunque los magistrados lo habían restitudo

Marcha atrás de la Corte Suprema, restituyó la Ley de Tierras

 

La Corte Suprema resolvió suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras, y restableció provisoriamente las restricciones a la titularidad extranjera de tierras rurales. De esta manera, vuelve a regir el límite del 15% establecido por la normativa. La decisión implica un cambio respecto de lo resuelto por el máximo tribunal hace diez días en otra causa vinculada con la misma ley. "Se dispone suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar", resolvió la Corte Suprema este viernes.

El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. El máximo tribunal se reunió en un acuerdo extraordinario para analizar un segundo expediente relacionado con la Ley de Tierras, luego de que en la causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes de Malvinas (CECIM) hubiera rechazado el planteo que buscaba frenar la derogación de la norma.

En su voto en disidencia, Rosenkrantz cuestionó que la Corte falle como respuesta al repudio social por la extranjerización de la tierra. "El descontento que en distintos sectores de la sociedad pudo haber causado la sentencia dictada por esta Corte en la causa “C.E.C.I.M.” no justifica adoptar decisiones que la Constitución y las leyes no permiten. Un proceder así solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación del que depende su aptitud para resolver de un modo que todos puedan aceptar los conflictos que muchas veces enfrentan a los argentinos", sostuvo.

La decisión de la Corte fue tomada en el marco de una demanda iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie que a fines de diciembre de 2023 pidió ante la justicia federal de Bariloche una acción de amparo colectivo para que se declare la inconstitucionalidad del art. 154 del DNU 70/2023 porque, al derogar la ley de tierras, se comprometía el derecho a un ambiente sano y equilibrado, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la Constitución Nacional. De esta forma, el máximo tribunal de la Argentina borra con el codo lo que escribió con la mano hace 10 días cuando desestimó un amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes de Malvinas que pedía derogar el artículo 154 del DNU 70/2023.

Fuente: El Destape

 



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