OPINIÓN

Educadores tienen hasta el 4 de abril para realizar aportes

La “calificación docente”, el debate que nos debemos

El Ministerio de Educación apenas dio unos días para que docentes analicen la propuesta a tratarse el próximo lunes, tiempo insuficiente para un debate a fondo en puntos que afectarán su desempeño laboral

La “calificación docente”, el debate que nos debemos

 

*Por el profesor Ramiro Rojas

Por estos estos días los docentes jujeños estamos debatiendo la propuesta de grilla de calificación docente que el ministerio de Educación envió para su consulta, con plazo hasta el día 4 de abril fecha en el que deben enviarse los aportes realizados a las instancias superiores.

Esto ha generado reacciones de rechazo de parte de colegas que no acuerdan, entre otros motivos, con los tiempos dados para la discusión de una herramienta de capital incidencia en nuestra vida laboral.

El debate no es nuevo, también se llevó a cabo en el 2019, sin embargo, no se logró su tratamiento parlamentario. La idea es que la “grilla de calificación” sea ley provincial.

Para aquellos que desconocen lo que se debate, la “grilla” es un instrumento que permite puntuar los méritos logrados por el docente y le dan la posibilidad de tomar horas o cargos.

Sin desconocer la mirada desde nuestro derecho constitucional a trabajar, me interesa llamar a la reflexión sobre un punto que considero importante como es nuestro desarrollo profesional, a fin de poder desempeñar nuestra tarea con la mayor profesionalidad posible.

Al leer la propuesta de la “grilla”, se puede observar que busca ordenar algunos males estructurales de nuestro sistema, como por ejemplo la mercantilización de la capacitación, con ofertas que no aseguran una formación que incida positivamente en el sistema, objetivo que de mi parte acuerdo y apoyo.

Sin embargo, considero que nuestra preocupación no debe ser sólo ordenar, sino que hay que mirar más allá.

La “grilla” debe ser leída como una propuesta del docente que esperamos se desempeñe en la escuela, ante las exigencias de un mundo cambiante y complejo y esa visión no sólo debe ser responsabilidad del Estado, sino también de sus agentes.

Se puede argumentar que es precisamente lo que se busca lograr sometiéndola a consulta.

Sin embargo, los mecanismos que se implementan no son suficientes, porque no se trata de poner por mayoría simple el puntaje que quiero se otorgue a determinado ítem.

Para que sea ley, se debe contar con la legitimación de sus actores y corrección técnica, entonces necesitamos garantizar cualitativamente el mecanismo de consulta.

A fin de explicarme mejor, tomo como ejemplo la grilla para los profesorados e indico tres observaciones, cuya idea de fondo es la ausencia de reflexión sobre el docente que esperamos para nuestro sistema y los estímulos pertinentes para lograrlo.

En primer lugar, vemos que es casi la misma grilla para el Nivel Secundario, por lo que cabe la pregunta si hay una diferencia cualitativa, propia del Nivel Superior, que no implique quitarle mérito al Secundario.

La segunda observación es lo referido a la puntuación que se da a los postítulos, los cuales son formaciones que implican una carga horaria mínima de 200 hs reloj, en el caso de una actualización académica a 600hs de una diplomatura, o en el caso de los posgrados desde 400hs como es la carga horaria de la especialización y 2600 horas como un doctorado, cuyo cursado se traduce en cuatro años como mínimo, sin contar el tiempo del trabajo de tesis entre otras cosas.

En el caso del doctorado, por señalar el nivel máximo a aspirar, se otorgan cuatro puntos, lo que no es acorde con la inversión no sólo de tiempo del docente que lo logra. Entonces estamos ante una infravaloración de aquella formación que signifique mayor dedicación, profundidad y calidad que un curso de perfeccionamiento puntual.

Una tercera observación, entre otras y como para ir finalizando, es lo referido a las funciones de los Institutos Superiores, señaladas en la resolución 30/07 del Consejo Federal de Educación, las cuales van desde la formación inicial a los futuros docentes, la investigación, la asistencia a las escuelas, la elaboración de materiales didácticos, la capacitación docente, etc.… (Dejemos para otro momento las condiciones reales para llevarlas a cabo).

En la grilla tenemos ausencias como la puntuación a la elaboración de materiales didácticos, pero lo crítico es lo referido a la certificación de acciones como la capacitación. El criterio sostenido por el ministerio es que no debe acreditarse todo aquello que sea inherente a la función. Esto no es así en el sistema universitario, porque se acredita toda acción de formación y extensión la cual puede ser incorporada al Registro “CVAR” del Sistema de Información de Ciencia y Tecnología Argentino.

Al no certificar lo inherente a la función ¿cómo daremos cuenta ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación de la Calidad de la Formación Docente (CNEAC) que las estamos cumpliendo? ¿Se podrá acreditar? Esto es crítico.

Por último, se agradece la posibilidad de brindar nuestro parecer, pero las observaciones muestran la necesidad de un debate de fondo que no se está dando por las condiciones impuestas a la tarea.



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