El secretario general del sindicato de Obreros y empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma -SOEAIL-, Luciano Lezano fue demandado por los graves hechos de violencia de género a trabajadoras e integrantes de la comisión directiva del CEDEMS, ayer en Libertador General San Martin.
El hecho fue registrado por medios del lugar y frente a un grupo de policías que estuvieron observando y permitieron la violencia de Lezano a mujeres y trabajadores.
El conflicto gremial atraviesa varias irregularidades desde la no defensa a los despedidos hasta no permitir que delegados participen en elecciones. El contexto sindical aparentemente se enmarca en respaldar a la patronal del ingenio Ledesma y ser funcionales al ajuste a los trabajadores. Es sí que la dirigencia del SOEAIL busca proscribir delegados que resisten hace 50 días a los despidos en Ledesma. También intentan expulsar del sindicato a delegados y activistas.
Ayer, pasado el mediodía, trabajadores, desocupados afiliados al sindicato estuvieron afuera en el gremio visibilizando la problemática, menos de 50 personas, entre ellos referentes de otros gremios como CEDEMS acompañados por diputados del FITU en un acto de solidaridad con los despedidos que ejercían su derecho a la protesta.
El hecho de violencia sucedió cuando la docente Paula Retambay ingresa al gremio para acceder a un sanitario. En ese momento, Lezano sale de una oficina aparentemente hablando por teléfono y con mucha violencia cierra la puerta de ingreso al gremio.
Retambay estaba en el interior del gremio y cuando intenta salir, Lezano la empuja: “cuando observo que se acercaba el demandado Lezano hacia mi persona, de manera ligera y con un lenguaje corporal muy violento, insultando a mi persona de manera grosera y violenta ‘hija de puta salí de mi gremio’, ante el insulto le exijo que abra la puerta es cuando de manera muy agresiva abre la puerta y procede a empujarme hacia afuera del gremio, previo a expresar ‘vaya a mear a la mierda’”, relató la docente agredida.
Ante esa situación, Retambay presentó demanda y medida cautelar de protección de persona en virtud de la aplicación de la Ley 26.485 en contra de Luciano Lezano, con el patrocinio de la letrada Cintia Mamaní.
En las imágenes se puede observar la presencia de miembros de las fuerzas de seguridad, todos uniformados, sin identificación que fueron testigos del hecho, como así también de los insultos de Lezano a manifestantes. La presencia policial en el SOEAIL ya viene siendo una constante en asambleas, donde nada tienen que hacer porque es un ámbito de los afiliados.
“Es por ello la situación de angustia en la que me encontré por el maltrato, la humillación en la que deja expuesta Lezano, siendo el que conduce la comisión directiva del sindicato SOEAIL, ejerciendo violencia hacia una mujer trabajadora, además miembro de la comisión directiva de otro gremio, en el que el demandado tiene conocimiento, como así también la violencia hacia una persona que tiene participación en la política sindical, no soportando la disidencia en las opiniones vertidas en este ámbito, violentando frente al ejercicio de mi derecho constitucional reconocido en el art 14 CN del ejercicio de manifestarme”, expuso Retambay.
La violencia de género en Jujuy no cesa, la ley es clara y plantea “la nueva normativa incorpora el art 6° de la Violencia pública-política contra las mujeres: aquella que, fundada en razones de género, mediando intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales, medios de comunicación, entre otros.
Asimismo, debemos mencionar lo que comprende la Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.
Es sumamente importante de destacar que ante esta situación de humillación generando violencia física, psicológica e institucional en la que se encuentra la víctima por parte del demandado Luciano Lezano, ambos residen en la ciudad de Libertador General San Martin y son personas públicas en el ambiente gremial y político.
“Ante el evidente accionar violento en un ámbito machista el que ejercicio estos hechos con absoluta impunidad, ya que se encontraban en presencia de los miembros de fuerzas de seguridad en el lugar y a pesar de ello, igualmente ejerció violencia de género física, psicológica e institucional, me siento absolutamente desprotegida, vulnerable, angustiada frente a esta situación tan gravosa y que menoscaba básicamente el ejercicio de mis derechos políticos, sindicales, constitucionales, por lo que solicito con expresa habilitación de días y horas se ordenen medias de protección de persona que comprendan la prohibición de acercamiento del demandado Lezano a mi persona, mi grupo familiar, mi lugar de trabajo y a todo otro lugar en el que me encuentre público y/o privado” señala la demanda de la docente.
