El Partido Justicialista Nacional apeló la sentencia de intervención judicial, solicita suspensión de la medida, califica de “gravedad institucional” la intromisión de la justicia. El recurso presentado ayer, abre un nuevo capítulo en la intervención del PJ Jujuy y profundiza las grandes diferencias entre las listas que disputan la presidencia del partido de calle 19 de abril.
La sentencia de intervención judicial al PJ distrito Jujuy dictada por el juez Federal Eduardo Hansen fue apelada por el apoderado del PJ Nacional, Facundo Somosa, solicita suspensión de la medida por gravedad institucional extrema, recusa al designado Ricardo Villada y solicitan inmediato apartamiento, además califica a la intervención de arbitraria, y de peligrosa la injerencia de la justicia en la vida de democrática del partido político.
Además, solicita la nulidad de las Resoluciones Nº 02/2026, 03/2026 emitidas por los interventores designados por el Consejo Nacional del PJ, Aníbal Fernández y Gustavo Menéndez, sobre sanciones a los afiliados, convencionales constituyentes, diputados provinciales, dirigentes del PJ Jujuy.
El escrito solicita que el recurso sea concedido con efecto suspensivo, en atención a la gravedad institucional de la medida dispuesta.
La apelación argumenta que la sentencia excede el marco de control jurisdiccional admitido en materia de partidos políticos. Declara la nulidad de actos partidarios válidos sin fundamento suficiente. Dispone una intervención judicial desproporcionada, y sustituye indebidamente decisiones propias de la organización interna del partido.
Entre los argumentos, el apoderado señala que el magistrado interviniente no se limita a ejercer un control de legalidad, sino que avanza sobre aspectos propios de la conducción política e institucional del partido.
En este sentido recuerda la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral en reconocer que la autonomía partidaria constituye un principio rector del sistema democrático, admitiendo únicamente un control judicial restringido.
En el caso, el juez no solo analiza la legalidad formal de los actos cuestionados, sino que valora su oportunidad, mérito y conveniencia, sustituyendo así a las autoridades partidarias.
La apelación defiende las actuaciones de los interventores del PJ nacional, y recuerda que se originó ante la grave situación institucional del distrito Jujuy, conducido en ese momento por el diputado provincial Rubén Rivarola, cuya gestión partidaria se caracterizó por una convivencia funcional y sostenida con el poder político, económico y mediático dominante en la Provincia de Jujuy.
El recurso lapidariamente remarca que Rivarola: “no puede ser omitido: su conducción partidaria se vio acompañada por la utilización del partido al solo objetivo de ser el garante que el gobierno provincial tenga un socio en el principal partido opositor. A través de su poder mediático como El Tribuno de Jujuy, así como por una red de medios afines, con capacidad de incidir en la opinión pública y en la dinámica interna del partido; su poder económico que aumentó considerablemente por sus servicios al gobierno provincial, mediante concesiones y contratación de servicios (salud, recolección de basura, servicios jurídicos impositivos, etc)”.
Además de garantizar ingresos en los puestos públicos a familiares o directamente a los dirigentes que se brindaran a su conducción.
También señala a Guillermo Jenefes, empresario de medios de comunicación, dirigente de influencia política que ha contribuido a la conformación de un espacio de presión permanente sobre la dirigencia partidaria. Operando activamente en la disputa de poder dentro del peronismo jujeño. El esquema de influencia fue evitar que el PJ recupere competitividad electoral real frente al oficialismo provincial. Preservando así alianzas de hecho entre sectores del poder político local y actores con intereses económicos y mediáticos consolidados.
El escrito se endurece con el rol de la Senadora, Carolina Moisés, “quien habiendo sido electa por el voto del peronismo, ha adoptado posteriormente posiciones políticas contradictorias con la voluntad del electorado que la consagró, rompiendo bloques legislativos y alineándose con decisiones del poder Ejecutivo Nacional que resultan ajenas al interés político del espacio que la llevó al cargo”, es parte del escrito.
La descripción del accionar de los dirigentes mencionados es parte de una secuencia de decisiones e intervenciones que inciden directamente en la vida interna del partido, digitadas, pensadas y ejecutadas desde las oficinas de Casa de Gobierno.
También remarca el escrito las presentaciones en la justicia federal, la Cámara Nacional Electoral, en la secretaria electoral de jujuy sobre las internas partidarias, una presentación de la apoderada “Generación Valiente” Carolina Moisés pidiendo suspensión e intervención, luego reprogramación acto electoral.
En cuanto a la recusación al Interventor Villada, dirigente salteño de otro espacio partidario contrario al PJ de Salta, no reviste condición de afiliado ni inserción institucional en el PJ Jujuy, tratándose de un dirigente ajeno a la realidad política.
Señala que mantiene vínculos políticos y funcionales con el gobierno provincial encabezado por el Gobernador Gustavo Sáenz.
El extenso escrito argumenta que la intervención judicial en partidos políticos es de carácter excepcional y restrictivo. Los jueces no pueden sustituir a las autoridades partidarias. El control judicial se limita a supuestos de violaciones graves y manifiestas.
El recurso de apelación será elevado a la Cámara Nacional Electoral, con varios pedidos y que se disponga, como medida urgente, la suspensión inmediata de los efectos de la intervención judicial dispuesta, hasta tanto se resuelva el recurso.
