JUJUY

Covid-19. 

Jujuy implementa desde mañana el pase sanitario y profundiza la campaña de vacunación

A partir de mañana se exigirá en lugares públicos y /o privados la presentación del esquema de vacunación para SARS-CoV-2 (Covid-19) completo.

Jujuy implementa desde mañana el pase sanitario y profundiza la campaña de vacunación

 

El Comité Operativo de Emergencia de Jujuy resolvió implementar a partir de mañana, lunes 13 de diciembre el pase sanitario en todo el territorio provincial.

El mismo se solicitará para poder ingresar a todo evento público y/o privado que represente una situación de mayor riesgo epidemiológico. En simultáneo, la provincia profundizó la campaña de vacunación, que desde este lunes se amplía a más lugares, con dosis disponibles para toda la población jujeña.

A través de la Resolución N° 84, firmada por tu titular, Omar Gutiérrez, quien antes de renunciar al cargo del ejecutivo habría dejado firmada la medida para que el gobernador Gerardo Morales aprobara la decisión sanitaria.  Además vale recordar que Gutiérrez pertenece al poder legislativo, ya que el jueves pasado asumió su banca como legislador provincial. Es  que por los próximos días el Gobernador dará a conocer el reemplazo del director del COE y otras áreas del ministerio de Salud.

Es así que la resolucion dispone evitar la propagació del Covid -19, apuestan a mayor vacunatorios, pero no así los restrillajes para testeos.

En tanto que la resolución del COE dispone, en su artículo primero, “la obligatoriedad para, residentes y no residentes de la Provincia de Jujuy, que se encuentren en el territorio provincial, de contar con el esquema de vacunación para SARS-CoV-2 (Covid-19) completo, para poder ingresar a todo evento público y/o privado que represente una situación de mayor riesgo epidemiológico. A estos efectos, el mismo podrá exhibirse en formato fisico y/o digital”.

 

El artículo 2, considera “actividades de mayor riesgo epidemiológico” las siguientes: a) Eventos masivos, públicos o privados de cualquier índole. b) Actividades en salones de eventos, de fiesta, locales bailables, discotecas, boliches, cervecerías, bares, pubs, restaurantes y confiterías, recitales y conciertos, fiestas privadas. c) Toda actividad en espacios abiertos y/o cerrados, públicos y/o privados que impliquen aglomeración de personas. d) Cualquier otro que en el futuro establezca la autoridad sanitaria en función de la situación epidemiológica.

La autoridad de aplicación y control es el Ministerio de Seguridad de la Provincia. En caso de violación, se someterá al infractor al régimen sancionatorio establecido en el Decreto Acuerdo 2075-G/2020.



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