La Cámara Nacional Electoral (CNE) dictó un fallo clave respecto de la situación institucional del Partido Justicialista (PJ) - distrito Jujuy que atraviesa una profunda crisis de representación. El tribunal decidió confirmar la intervención judicial del distrito Jujuy por un plazo de 180 días, pero ordenó desplazar al interventor que había sido designado originalmente, Ricardo Guillermo Villada, para garantizar la total imparcialidad del proceso.
La disputa llegó a la máxima autoridad electoral luego de que el apoderado Facundo Somosa, de la intervención partidaria apelara el fallo del juez federal de primera instancia de Jujuy la designación e impugnación a Villada, a mediados de abril pasado. Dicho magistrado había declarado la nulidad de resoluciones internas partidarias firmadas en 2026 y decretado la intervención de la fuerza política.
El fallo lleva la firma de los jueces de la Cámara Nacional Electoral, Santiago Hernán Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Ricardo Dalla Via, al analizar la situación, los camaristas señalaron que el PJ de Jujuy arrastra una "disfuncionalidad política y jurídica" severa.
El cronograma para las elecciones internas en noviembre de 2024, sufrió reiteradas modificaciones y postergaciones. Según destaca el fallo, los intentos por normalizar el partido derivaron en constantes internas, amnistías y procesos sancionatorios que terminaron por fragmentar la fuerza y afectar directamente los derechos políticos de sus afiliados.
La Cámara recordó que los partidos políticos son "instrumentos de gobierno" fundamentales para la democracia. Por ende, cuando se entra en un estado de "aguda controversia" irreversible y se carece de autoridades capaces de encauzar la situación, la intervención judicial aparece como el único remedio excepcional para devolverle la transparencia institucional a la agrupación.
El motivo del cambio de interventor
El punto central de discusión en esta instancia fue el nombramiento de Ricardo Villada como interventor. La parte apelante solicitó su apartamiento argumentando una falta de imparcialidad y neutralidad.
Si bien el tribunal aclaró que no es un requisito que un interventor cuente con el consenso de todos los sectores políticos , en este caso puntual se dio una particularidad: Villada había sido propuesto formalmente por una de las facciones en pugna al momento de pedir la intervención.
Para los jueces de la CNE, el hecho de que el interventor fuera el candidato de una de las partes genera una "percepción de parcialidad" que podría entorpecer el camino hacia las elecciones libres y democráticas.
Por este motivo, y buscando una "indispensable ecuanimidad", la Cámara aceptó el reclamo, desplazó a Villada y le ordenó al juez de Jujuy que nombre a un reemplazante con la mayor celeridad posible.
Con esta resolución, el PJ de Jujuy continuará bajo control de la justicia electoral por un lapso de seis meses. El nuevo interventor que designe el juzgado de primera instancia tendrá la tarea exclusiva de administrar la entidad con neutralidad y convocar a los afiliados a las urnas para elegir a sus autoridades legítimas de manera transparente.
