JUJUY

Está como subrogante

Sobrepasando sus facultades, el juez Pullen Llermanos ordenó la expulsión de un ciudadano boliviano

Oriundo de Villazón, el hombre de 30 años fue condenado a un año y 8 meses de prisión por ejercer violencia de género contra quien fuera su pareja. La pena impuesta incluye la prohibición de entrar al país por 2 años

Sobrepasando sus facultades, el juez Pullen Llermanos ordenó la expulsión de un ciudadano boliviano

 

Pese a los reclamos que realizaron organizaciones de mujeres, el juez Pablo Pullen Llermanos continúa frente al Juzgado de Violencia Nº4, que en los últimos días ordenó la expulsión de un ciudadano boliviano condenado por ejercer violencia de género contra quien fuera su pareja, sentencia que excede las facultades del magistrado.

El hombre de 30 años, oriundo de Villazón recibió la condena de un año y 8 meses de prisión, aunque esta quedó en suspenso, además también se dispuso la expulsión del país y la prohibición de su entrada por un plazo de 2 años. De no hacerlo, se aplicará la pena impuesta.

La decisión del juez Pullen Llermanos se basa en el nuevo Código Procesal Penal de la provincia, donde en el artículo 63 dispone que los jueces de ejecución penal tienen la competencia para:

a) Controlar el cumplimiento de las garantías constitucionales e instrumentos internacionales de Derechos Humanos en el trato otorgado a quienes cumplan, condena de prisión y personas sometidas a medidas de seguridad. En los casos en que tuviere conocimiento de la violación de una garantía en relación a una persona sometida a prisión preventiva, pondrá de inmediato la situación a conocimiento del juez que ordenó la medida;

b) Controlar el cumplimiento efectivo de las sentencias de condena;

c) Resolver todos los planteos que se susciten durante la ejecución de las penas, medidas curativas o educativas, así como los referidos a la expulsión de condenados extranjeros en situación irregular en el país;

d) Resolver en audiencias orales las impugnaciones que se presenten contra las decisiones de la administración penitenciaria;

e) Visitar periódicamente los establecimientos donde se encuentren personas privadas de su libertad, a su disposición;

f) Modificar las condiciones del cumplimiento de pena cuando entre en vigencia una ley penal más benigna;

g) Vigilar el respeto a los derechos de los internos, en particular, en todo lo referido a las condiciones y régimen de cumplimiento de la pena, así como la revisión de todas las sanciones impuestas durante la ejecución de la condena que sean impugnadas y el control del cumplimiento de las finalidades constitucionales de la pena y los derechos de los condenados, conforme lo dispuesto por de este Código respecto de las condiciones carcelarias.

Facultad que excede a Pullen Llermanos excede debido a que es un juez subrogante.

A pesar de ello, no es el único fallo del magistrado en la cual se cuestiona sobre el ejercicio de sus funciones.

En febrero de 2021, Llermanos permitió la liberación de Juan Carlos Gutiérrez, quien fuera pareja de Marina Patagua. La decisión del juez desencadenó el femicidio de la mujer.

En aquella oportunidad, Pullen Llermanos hizo caso omiso de los informes psicológicos al acusado por ejercer violencia de género contra Patagua. Tampoco escuchó las reparaciones de la Fiscalía para que Gutiérrez siguiera detenido.

Así, en menos de un mes de haber recibido el beneficio por orden del magistrado, Gutiérrez asesinó a Marina en su domicilio.

La respuesta de las organizaciones de mujeres fue que Llermanos fuera apartado del Juzgado Especializado en Violencia de Género ante sus fallos contrarios a la defensa de las mujeres víctimas.

En medio del escándalo -que incluso llegó a un cruce con la titular del Consejo de la Mujer-, el juez señaló que la liberación del femicida “inatacable” y “ajustada a derecho”.

También tuvo un cruce con la titular del Ministerio Público de la Defensa, Ivone Haquim, todo ello derivado por la liberación de Gustavo Fiad, acusado e imputado por abuso sexual de una menor.



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