JUJUY

Medida presentada por SIEOM y APUAP

Avanza el amparo contra el Seguro de Sepelio Obligatorio del ISJ

En Jujuy se hacen negocios y “caja” con los bolsillos de los trabajadores estatales. La abogada Mariana Vargas representante de los gremios destacó que el tema de fondo es la "ilegalidad" y el procedimiento del seguro.

Avanza el amparo contra el Seguro de Sepelio Obligatorio del ISJ

Se realizó el miércoles la audiencia, ante el Tribunal Contencioso Sala II Vocalía, en la que se tramita el amparo del SIEOM JUJUY y APUAP JUJUY contra el Instituto de Seguros de Jujuy (ISJ) por el seguro de sepelio obligatorio impuesto a todos los trabajadores del Estado Provincial.  

El tema de fondo fue la ilegalidad del seguro obligatorio, incluso, el procedimiento por el cual se impone, ya que no fue aprobado por la Legislatura Provincial, explicó la abogada Mariana Vargas quien patrocina a los gremios.

Siendo que en los últimos años las demandas en defensa de trabajadoras y trabajadores vienen siendo obstaculizadas por cuestiones de legitimidad, y sin debatirse la cuestión de fondo, se presentaron consentimientos por escrito de afiliados al gremio, a fin de lograr que se debata si la obligación estatal de cubrir los sepelios. Conforme surge del estatuto del empleado público, puede ser impuesta en forma abrupta como seguro en cabeza de trabajadoras y trabajadores, en forma obligatoria, y con una cobertura de 50 mil pesos que ni siquiera alcanza para cubrir un servicio de sepelio de tercera categoría. Es decir, cada vez queda más claro que donde el gobierno provincial ve una necesidad, se inventa un “negocio”.

El Estado provincial, en su contestación de demanda, negó el derecho a reclamar de las asociaciones, sus secretarios generales, desconoció los casi cien consentimientos por escrito de trabajadoras y trabajadores a fin de que se demande en nombre de ellas y ellos, y negó los argumentos de la demanda, alegando que la obligación del estado de cubrir los sepelios de trabajadoras y trabajadores fue derogada por la Ley que crea el ISJ. Lo que desde ya no implica una derogación, sino una inconstitucionalidad de la ley que invierte las obligaciones.

Nada se dijo de que es la Legislatura y no el ISJ quien debería fijar un costo y cobertura de un seguro de estas características, ya que la Ley 6057 de 2017 solo autorizó al Directorio del ISJ a actualizar montos en forma exclusiva respecto del seguro de vida colectivo.

La audiencia finalizó con la apertura a prueba decidida por el Juez Sebastián Damiano, que ordenó como medida de mejor proveer sendos pedidos de informes al ISJ, respecto del funcionamiento, constitución y aportes al Fondo de Garantía de la Seguridad Social que es quien dentro del ISJ debe cubrir el seguro de sepelio del personal en actividad o pasividad del Estado.

También se piden informes sobre el cumplimiento de los aportes patronales de las dependencias estatales, entidades autárquicas, y municipios que establece la ley de creación del ISJ. También se pide informe al Estado Provincial respecto de las sumas destinadas a cumplir con la cobertura de sepelio para las y los agentes que establece el Estatuto del Empleado Público en cabeza de la empleadora.

Más allá de la sentencia que recaiga, esta acción demuestra y probará con pruebas, que en Jujuy se hacen negocios y “caja” con los bolsillos de trabajadoras y trabajadores estatales.



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