El caso de Iara Rueda fue el desencadenante para que en Jujuy se declare la Emergencia en Violencia de Género y, a pesar del peregrinar por parte de su familia por una condena ejemplar, uno de los imputados obtuvo una condena menor a la esperaba, por lo que el Ministerio Público de la Acusación -MPA- ratificó su pedido de prisión perpetua.
Fue el Procurador General, Sergio Lello Sánchez que sostuvo formalmente ante la Corte Suprema de Jujuy el recurso de inconstitucionalidad que presentó el fiscal Diego Funes para que se revoque la pena de 15 años para Tomás Exael Fernández, quien fuera entregador y uno de los femicidas de la adolescente de Palpalá. La reducción de la condena obtenida se debió en virtud que Fernández era menor cuando cometió el femicidio.
Sin embargo, desde el MPA apuntaron a los agravantes del crimen para solicitar que se revoque los 15 años y apuntaron que la reducción de pena fue “arbitraria, infundada y desproporcionada frente a la gravedad del hecho cometido” tomando otros fallos como ejemplo, por lo que consideraron que no es obligación legal la reducción de pena. “El tribunal sostuvo que debía aplicarse automáticamente la escala penal de la tentativa para evitar discrecionalidad judicial. Pero eso contradice el texto mismo de la ley, que habla de una facultad. Se ignoró la brutalidad del hecho, la peligrosidad del autor y los derechos de la víctima. No hubo ponderación proporcional entre el daño causado y la respuesta penal”, expuso el Procurador en la ratificación del pedido.
Respecto a los agravantes, el MPA señaló:
Por haber mediado una relación de pareja preexistente con la víctima,
Por alevosía,
Y por tratarse del homicidio de una mujer cometido por un hombre mediando violencia de género, conforme al artículo 80, incisos 2 y 11 del Código Penal.