JUJUY

Comerciantes aportan más del 50% y mineras apenas 0,74

Una ley para eximir de impuestos a microempresas y monotributistas en Jujuy

El proyecto sobre Ingresos Brutos que presentó la izquierda apunta a que quienes menos facturan más tributan, por lo que consideran que se trata de una base impone distorsionada que terminan por pagar consumidores finales

Una ley para eximir de impuestos a microempresas y monotributistas en Jujuy

 

“Marcada regresividad”, así catalogaron desde el FIT Unidad el impuesto a Ingresos Brutos, por lo que presentaron un proyecto de ley para eximir de ese pago a microempresas, pequeños comerciantes y monotributistas en Jujuy.

Con la firma de Natalia Morales y Gastón Remy, el proyecto busca alivianar la situación de quienes menos facturan y que son alcanzados por este impuesto. En ese sentido, los legisladores detallaron en la presentación realizada en la Legislatura que “la actividad de ‘comercio al por menor y por mayor’ registra más del 50% de la base imponible, mientras le sigue la actividad de construcción con 12,5%” mientras que la actividad minera apenas llega al 0,74% según los datos de recaudación que publica la DIPEC.

“Es un tributo que se descarga sobre el consumidor final” concluyeron en el documento, además de indicar que son “profesionales y empleados bajo contrato de obra en el Estado que pagan el monotributo también son alcanzados por ingresos brutos o profesionales, técnicos, prestadores de servicios o pequeños productores, comerciantes monotributistas que facturan poco más de 1 millón de pesos por mes también pagan este tributo, cuando en realidad, su condición de vida no Ilega en la mayoría de los casos a cubrir el costo de la canasta familiar”, por lo que concluyeron que Ingresos Brutos muestra una base imponible “distorsionada”, en tanto que son los “sectores que más soportan el ajuste, son los que proporcionalmente más pagan impuestos”.

Así, el proyecto de ley busca que se exima de pagar dicho impuesto a “personas físicas o jurídicas encuadradas en las categorías ‘Micro’ y ‘Pequeña Empresa’ (Arca) y las Categorías A, B y C de Monotributo y el Monotributo Social, a Comunidades Originarias con personería jurídica”, como así también a “los puestos de ventas en ferias (encuadrados en las categorías de "Micro" empresa -Arca- o Categorías A, B y C de Monotributo o Monotributo Social) sean de modalidad permanente, eventual o transitoria. Asimismo, eximir a la actividad artesanal y al turismo comunitario-familiar”, tal como señala los artículos 1 y 2.

Por otra parte, plantea que se deje sin efecto las exenciones que gozan la minería y el ingenio La Esperanza.

El objetivo de la ley es evitar la regresividad del impuesto gravando a quienes más ganancias obtienen, por lo que la recaudación será mayor y con los fondos recaudados el proyecto espera que el 50% sea destinado a la mejora salarial de trabajadores estatales, un 25% el funcionamiento corriente de escuelas y hospitales/centro de atención primaria de salud y un 25% obras de infraestructura.

 



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